httphttp://periodico.udenar.edu.co/wp-content/ulogo-universidad-de-narino-udenar-periodicoDECANOS Y DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ENCARGADOS UNIVERSIDAD DE NARIÑO

 

 

La Universidad de Nariño ostenta la impronta de ser la única universidad pública en Colombia, en la cual su Rector y Directivas Académicas son elegidas por la Comunidad Académica en virtud de la autonomía universitaria y su cultura democrática. Las elecciones estaban previstas para el mes de octubre de 2020, como está establecido en el Estatuto General; sin embargo, debido a la pandemia del Covid-19 no pudieron llevarse a cabo EN LA FECHA INDICADA, ante lo cual el Consejo Superior Universitario (CSU) expidió el Acuerdo 060 del 29 de julio de 2020, por el cual adoptó una medida transitoria y extraordinaria: “ Por razones de la pandemia COVID 19, las elecciones de los directivos Universitarios programadas para octubre de 2020, cuyo periodo institucional inicia el 1 de enero de 2021, se realizarán tres meses después de que las autoridades universitarias ordenen el reinicio de las actividades presenciales, una vez las condiciones de normalidad se hayan restablecido en la institución.”

 

El Máximo Organismo de Gobierno de la Universidad en el mes de diciembre del 2020, abordó el debate sobre la base de prorrogar el período de quienes se encontraban en ejercicio de sus cargos (rector, decanos y directores de departamento), o bien, encargar a una nueva persona en calidad de Rector. El mencionado Organismo, convocó a audiencia a la Comunidad Universitaria a través de un comunicado fechado del 11 de diciembre de 2020, para consultar propuestas a la situación de las directivas académicas después del vencimiento de sus periodos el 31 de diciembre de 2020. Esta instancia, posibilitó el conocimiento de las opiniones de la comunidad universitaria quien mayoritariamente expresó, que quienes ejercían al momento los cargos de dirección elegidos por voto de la comunidad universitaria, de manera TRANSITORIA continúen en ejercicio de las funciones del cargo, hasta tanto se posesionen los directivos que resulten elegidos en la próxima contienda electoral.

 

El día 22 de diciembre de 2020, el CSU desconociendo el sentir de la comunidad universitaria, adopta como decisión la de no prorrogar los periodos sino proceder a designar en encargo al Rector. En dicha sesión, el CSU, mediante Resolución No. 011 del 23 de diciembre de 2020, nombró al profesor José Luis Benavides Passos, como Rector Encargado de la Universidad de Nariño. Este acto que a todas luces iba en contravía de las normas estatutarias, la autonomía y la democracia universitarias, dio lugar a distintas manifestaciones de rechazo de la Comunidad Universitaria y de la sociedad en general, como también a recurrir a mecanismos de amparo, tales como Recursos de Reposición, Derechos de Petición y Tutelas.

 

Fue así como mediante Auto proferido el día 31 de diciembre de 2020, el Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes con función de control de garantías, dispuso en sus artículos Tercero y Cuarto, lo siguiente:

 

“Tercero.- CONCEDER la medida provisional deprecada por los accionantes y en consecuencia ordenar la suspensión de los efectos [del] acto administrativo de nombramiento y la consecuente posesión del señor JOSE LUIS BENAVIDES como RECTOR ENCARGADO de la UNIVERSIDAD DE NARIÑO, y se ordena a la Universidad de Nariño que se abstenga de efectuar la comunicación, notificación y/o publicación del acto administrativo del señor JOSE LUIS BENAVIDES como RECTOR ENCARGADO de la UNIVERSIDAD DE NARIÑO, hasta tanto se decida de fondo la presente acción de tutela”.

 

“Cuarto.- ORDENAR que el actual rector de la UNIVERSIDAD DE NARINO, permanezca en el cargo hasta tanto se adopte una determinación de fondo, a la luz del el numeral 17 del artículo 34 de la ley 734 de 2002….”.

 

Determinación de fondo que el mencionado Juzgado profirió mediante la Sentencia 2020-00136 emitida en la fecha y en cuya parte Resolutiva no sólo tutela y ampara “los derechos fundamentales a elegir y ser elegido, igualdad, no discriminación y debido proceso (…)” de los accionantes docentes, estudiantes y demás integrantes de la Comunidad Universitaria, sino que también ordenó “dejar sin efectos el acto administrativo proferido por el CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, “Resolución No. 11 del 23 de diciembre de 2020, por medio del cual se provee mediante encargo el cargo de rector de la Universidad de Nariño”, por desconocer la garantía fundamental a elegir y ser elegidos y por violentar la garantía del debido proceso de los accionantes, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva del presente fallo”.

 

Además, establece que “para garantizar la efectividad del amparo constitucional, ordena que la accionada UNIVERSIDAD DE NARIÑO, proceda a adelantar el proceso de participación democrática de elección de su Rector y representantes, a través de herramientas virtuales y tecnológicas contestes con las disposiciones del Gobierno Nacional en razón de la declaratoria de emergencia sanitaria derivada del COVID 19. Lo anterior en un término de un mes contado a partir de la notificación del presente proveído y de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva del presente fallo”.

 

También dispone, “ORDENAR que el actual rector de la UNIVERSIDAD DE NARIÑO, permanezca en el cargo hasta tanto se adelante un proceso de elección a la luz del Estatuto General de la UNIVERSIDAD DE NARIÑO, aprobado mediante Acuerdo 080 de 2019 (…)”.

 

El señor rector Carlos Solarte Portilla, en consecuencia y respetando la autonomía universitaria y la cultura democrática de nuestra Universidad, determinó encargar mediante Resolución No. 009 del 8 de enero de 2021 como Decanos y Directores de Departamento, a quienes fuimos elegidos democráticamente por la Comunidad Académica para el periodo comprendido entre 2018-2020.

 

Hoy 12 de enero de 2021, al tomar posesión como encargados, hasta tanto se realicen las debidas elecciones, ratificamos nuestro compromiso de seguir defendiendo la institucionalidad, y trabajando por las unidades académicas que representamos, para garantizar la continuidad de los procesos académico-administrativos que hacen de la Universidad de Nariño un referente por su calidad y cultura democrática.

 

De igual manera, hacemos un llamado a los estamentos universitarios y a la comunidad en general, para rodear a la Universidad y resguardar el ejercicio de los derechos humanos que como Universidad Pública siempre debe liderar; nada justifica el irrespeto a nuestra Alma Mater.

 

Finalmente, refrendamos nuestro compromiso de apoyar la pronta realización de los procesos democráticos que nos permitan elegir a nuestras futuras autoridades académicas por sus méritos y planes de gobierno, tal como lo hemos hecho históricamente.

 

 

San Juan de Pasto, 12 de enero de 2021

 

 

 

 

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